30 artículos que respaldan los derechos humanos según la Declaración Universal de Amnistía Internacional

Desde hace más de 70 años, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Amnistía Internacional ha sido uno de los principales marcos para entender los derechos de todos los seres humanos. Esta declaración contiene 30 artículos que hacen un llamado a los gobiernos, individuos y comunidades para defender los derechos humanos. ¿Estás listo para conocerlos? ¡Conoce cómo estas 30 cláusulas pueden cambiar la vida de miles de personas!

Los 30 Derechos Fundamentales de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

1. Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
2. Todos tienen los mismos derechos sin distinción de cualquier tipo, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política, la ascendencia nacional o social, el nacimiento, la propiedad, o cualquier otra condición social.
3. Todos tienen derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
4. Nadie será sometido a esclavitud ni a servidumbre.
5. Nadie será sometido a torturas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
7. Todo ser humano tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
8. Todos tienen derecho al respeto a su vida privada, familiar y a su correspondencia.
9. Todos tienen derecho a la seguridad en el derecho de propiedad.
10. Todos tienen derecho a la educación gratuita.
11. Todos tienen derecho a un nivel de vida adecuado que les asegure la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
12. Todos tienen derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
13. Todos tienen derecho a tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.
14. Todos tienen derecho a acceder a una nacionalidad.
15. Todos tienen derecho a la igualdad ante la ley sin ninguna discriminación.
16. Todos tienen derecho a los mismos derechos sin distinción alguna.
17. Todos tienen derecho a la libertad de movimiento y a elegir su residencia dentro de un Estado.

18. Todos tienen derecho a solicitar asilo a otros países en caso de persecución.
19. Todas las personas tienen derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación.
20. Todas las personas tienen derecho a la igualdad de oportunidades en cualquier actividad laboral y profesional.
21. Todos tienen derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él se deriven.
22. Todos tienen derecho a un nivel de vida adecuado que les asegure la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

23. Todos tienen derecho a la seguridad en el empleo.
24. Todos tienen derecho a la protección contra el desempleo.
25. Todos tienen derecho al descanso y a las vacaciones periódicas pagadas.
26. Todos tienen derecho a la protección de la salud y a la seguridad en el trabajo.

27. Todos tienen derecho a una remuneración justa y satisfactoria por su trabajo.
28. Todos tienen derecho a la protección de la familia, a la protección especial para los niños y a la ayuda en caso de enfermedad o discapacidad.
29. Todos tienen derecho a la educación.
30. Todos tienen derecho a la protección de los intereses económicos, sociales y culturales en caso de desplazamiento forzoso.

Te mostramos los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

  1. Todas las personas tienen derecho a la igualdad ante la ley, sin distinción alguna.
  2. Todas las personas tienen derecho a la libertad y seguridad de su persona.
  3. Nadie está sometido a esclavitud ni a servidumbre.
  4. Nadie será sometido a tortura ni a tratos inhumanos.
  5. Nadie será sometido a detención arbitraria.
  6. Toda persona tiene derecho a un juicio imparcial y a una audiencia pública.
  7. Toda persona tiene derecho a privacidad de su vida privada, su familia, su domicilio y su correspondencia.
  8. Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
  9. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  10. Toda persona tiene derecho a igualdad de oportunidades.
  11. Toda persona tiene derecho a igualdad de salario por trabajo igual.
  12. Toda persona tiene derecho a una vida digna.
  13. Toda persona tiene derecho a asistencia social.
  14. Toda persona tiene derecho a protección de la ley frente a la discriminación.
  15. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la justicia.
  16. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la educación.
  17. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a los bienes y recursos de la comunidad.
  18. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la información.
  19. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a los medios de comunicación.
  20. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la cultura.
  21. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a los servicios sociales.
  22. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a los recursos naturales.
  23. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a los servicios públicos.
  24. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la vivienda.
  25. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la protección social.
  26. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la participación política.
  27. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la protección en caso de desplazamiento.
  28. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la seguridad social.
  29. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la protección frente a la violencia.
  30. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la libertad de circulación.
  31. Toda persona tiene derecho a igualdad de acceso a la libertad de trabajo.

Descifrando el Artículo 30: Comprendiendo los Derechos Humanos en su Totalidad

Los derechos humanos son los derechos fundamentales que todas las personas tienen como seres humanos. La Declaración Universal de Derechos Humanos de la Amnistía Internacional establece 30 artículos que respaldan los derechos humanos y los derechos civiles de todas las personas. Estos derechos se han establecido para proteger los derechos fundamentales de todas las personas, independientemente de su edad, raza, nacionalidad, género o religión.

Los 30 artículos de la Declaración de Derechos Humanos son los siguientes:

  • Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
  • Todas las personas tienen derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
  • Todas las personas tienen derecho a la igualdad ante la ley y a ser protegidos de la discriminación.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de opinión y de expresión.
  • Todas las personas tienen derecho a reunirse pacíficamente y a participar en reuniones políticas.
  • Todas las personas tienen derecho a un debido proceso legal, a la igualdad de trato y a la protección frente a la discriminación.
  • Todas las personas tienen derecho a una vivienda adecuada, a la educación, al trabajo, al descanso y al descanso.
  • Todas las personas tienen derecho a la seguridad social y a la protección contra el desempleo, la enfermedad y la pobreza.
  • Todas las personas tienen derecho a la igualdad en el matrimonio y en la familia.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de reunión y de asociación.
  • Todas las personas tienen derecho a la protección de los derechos humanos y a la libertad de circulación.
  • Todas las personas tienen derecho a la seguridad de sus bienes y a la protección de la propiedad intelectual.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de opinión y de expresión.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de reunión y de asociación.
  • Todas las personas tienen derecho a la protección de los derechos humanos y a la libertad de circulación.
  • Todas las personas tienen derecho a la igualdad de trato y a la protección frente a la discriminación.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de trabajo, la libertad sindical, a la seguridad y protección en el trabajo.
  • Todas las personas tienen derecho a la igualdad de remuneración por el trabajo.
  • Todas las personas tienen derecho a la seguridad social y a la protección contra el desempleo, la enfermedad y la pobreza.
  • Todas las personas tienen derecho a la educación, a la cultura y al desarrollo.
  • Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud y a la seguridad social.
  • Todas las personas tienen derecho a la igualdad de trato frente a la ley.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de circulación y de movimiento.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de asilo.
  • Todas las personas tienen derecho a la protección de la propiedad privada.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de asociación y de participación en la vida política.
  • Todas las personas tienen derecho a la igualdad en el matrimonio y en la familia.
  • Todas las personas tienen derecho a la igualdad frente a la ley.
  • Todas las personas tienen derecho a la seguridad social y a la protección contra el desempleo, la enfermedad y la pobreza.
  • Todas las personas tienen derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión pacífica.

La Declaración Universal de Derechos Humanos de la Amnistía Internacional fue adoptada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, y desde entonces ha sido el marco para la protección de los derechos humanos. Estos 30 artículos establecen los derechos fundamentales de todas las personas, y están diseñados para protegerlos de la discriminación y la violación de sus derechos. Esta Declaración ha servido como un recordatorio constante de que todas las personas tienen los mismos derechos y que deben ser respetados por todas las naciones.

Indagando los fundamentos de los Derechos Humanos: Amnistía Internacional

1. Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Nadie debe ser sometido a esclavitud, servidumbre o trata de personas.

2. Artículo 2: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

3. Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

4. Artículo 4: Nadie está sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

5. Artículo 5: Nadie estará sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

6. Artículo 6: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

7. Artículo 7: Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

8. Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la ley.

9. Artículo 9: Nadie puede ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

10. Artículo 10: Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

11. Artículo 11: Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe legalmente su culpabilidad. En ningún caso podrá ser compelida a declararse culpable.

12. Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

13. Artículo 13: Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia dentro de cualquier frontera nacional.

14. Artículo 14: Toda persona tiene derecho a buscar y disfrutar en otros países asilo de persecución.

15. Artículo 15: Todo individuo tiene derecho a una nacionalidad.

16. Artículo 16: A partir de la edad núbil, toda persona tiene derecho a casarse y a fundar una familia, y disfrutará de iguales derechos relacionados con el matrimonio sin ninguna discriminación.

17. Artículo 17: Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

18. Artículo 18: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o creencia, así como la libertad de manifestar su religión o creencia, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia de los ritos.

19. Artículo 19: Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

20. Artículo 20: Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

21. Artículo 21: Toda persona tiene derecho a tomar parte en el gobierno de su país, directa o indirectamente, por medio de elecciones libres, o por otros medios de su elección.

22. Artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

23. Artículo 23: Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

24. Artículo 24: Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

25. Artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

26. Artículo 26: Toda persona tiene derecho a la educación. La educación deberá ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción primaria será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; la educación superior será accesible a todos en la medida de las posibilidades de cada uno.

27. Artículo 27: Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

28. Artículo 28: Toda persona tiene derecho a un orden social y internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración puedan ser plenamente realizados.

29. Artículo 29: Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede gozar plenamente de los derechos y libertades. En virtud de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, toda persona tiene deberes para con la comunidad, puesto que sólo en ella puede gozar plenamente de los derechos y libertades.

30. Artículo 30: Ninguna disposición de esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere a un Estado, a un grupo o a una persona algún derecho de realizar actos contrarios a los derechos humanos y las libertades fundamentales o de justificar tal actuación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué son los 30 artículos que respaldan los derechos humanos según la Declaración Universal de Amnistía Internacional?

Los 30 artículos son una declaración universal de los derechos humanos establecida por la Amnistía Internacional que incluyen los derechos a la libertad, a la igualdad, a la seguridad y a la educación, entre otros. Estos artículos se han convertido en la base de la legislación internacional para proteger los derechos humanos y la dignidad humana.

¿Qué derechos se protegen con los 30 artículos?

Los 30 artículos establecen los derechos humanos básicos como la libertad de expresión, la igualdad ante la ley, la libertad de reuniones pacíficas, el derecho a la vida y a la libertad, el derecho a la educación, el derecho a la igualdad de género y el derecho a la integridad personal.

¿Quién está protegido por los 30 artículos de Amnistía Internacional?

Todos los seres humanos están protegidos por los 30 artículos de la Declaración Universal de Amnistía Internacional. Estos artículos se aplican a todos, sin importar la edad, el género, la raza, la religión o la nacionalidad.

Gracias por leer este artículo. Esperamos que esta información le haya resultado útil. Si tiene alguna pregunta adicional, no dude en contactarnos. ¡Estamos aquí para ayudarle!

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